El Sistema Metropolitano de la Solidaridad – SISOL, en aplicación del numeral 7.2.1 de la Directiva N.° 001-2020-EF/54.01 “PROCEDIMIENTOS PARA LA GESTION DE BIENES MUEBLES ESTATALES CALIFICADOS COMO RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS – RAEE”, cumple con publicar la Resolución de baja y la relación de bienes calificados como RAEE.
El Sistema Metropolitano de la Solidaridad – SISOL, en aplicación de lo señalado en el Articulo Nº 1 de la Ley Nº 27995, modificado por la Ley N° 30909, que a la letra dice: “La entidad titular de los bienes en el plazo de cinco (5) días hábiles de emitida la resolución administrativa que aprueba la baja, publicará en su portal institucional copia de la misma con la relación detallada de los bienes dados de baja.
EEl Sistema Metropolitano de la Solidaridad – SISOL, de conformidad con lo señalado en el punto 2 “Saneamiento de Bienes Sobrantes” de la Cuarta Disposición Complementaria de la Directiva N.° 001-2015/SBN “Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales”, modificado por la Resolución N° 084-2017/SBN, cumple con publicar el Informe Técnico, y la relación de “Bienes Sobrantes” materia de saneamiento.